Jesús Cantú
Un balance preliminar de la actuación de la Sala Superior del Tribunal Electoral de Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el cual concluye sus labores el próximo 4 de noviembre, revela que entre sus aciertos se encuentra haber contribuido al perfeccionamiento de la normatividad electoral, al fortalecer y ampliar las atribuciones, facultades y procedimientos de las autoridades electorales.
Y entre los errores en que incurrió esta sala destacan los reiterados cambios de criterios en sus resoluciones y, desde luego, el inconsistente, incongruente e insuficiente dictamen en la calificación de la pasada elección presidencial.
La nueva Sala Superior, que tomará posesión el próximo 5 de noviembre, deberá basar sus resoluciones “no sólo en los principios constitucionales rectores de la función estatal electoral (…), sino también en los principios que debe cumplir toda elección para ser considerada válida”. Así lo indica textualmente una resolución de los magistrados salientes, en la que se establece el procedimiento ad hoc para que el Consejo General del Instituto Federal Electoral atienda las quejas relativas a los promocionales de los partidos políticos.
Entre los retos que deberán enfrentar los nuevos magistrados se encuentra el de fortalecer la certeza, como uno de los principios fundamentales del proceso electoral. Para ello, es necesario que sus resoluciones estén bien fundamentadas y sean congruentes, tanto en lo individual como en su conjunto.
Pese a sus limitaciones, la normatividad vigente impulsó un círculo virtuoso entre órganos administrativos y jurisdiccionales en materia electoral: permitió que la autoridad tuviera acceso a la información financiera, fiduciaria y hacendaria de los partidos; prohibió los actos anticipados de campaña y amplió las atribuciones de las autoridades electorales para fiscalizar gastos de los institutos políticos; así mismo, estableció un mínimo de reglas democráticas en los documentos básicos de los partidos políticos y el estricto cumplimiento de las mismas; limitó los tiempos para la promoción de las distintas instancias de gobierno y, desde luego, instituyó la causal abstracta de nulidad de una elección.
Es un hecho sabido que gran parte de la reforma electoral que aún está por realizarse afectaría principalmente a los partidos políticos. Por lo mismo, una y otra vez éstos posponen su discusión en el Congreso de la Unión, pues no están dispuestos a renunciar a sus privilegios. En este contexto, la única manera de lograr avances es mediante acuerdos de los órganos administrativos electorales y a través de las resoluciones de las instancias jurisdiccionales, entre las cuales la Sala Superior del Tribunal Federal desempeña el papel principal.
El fortalecimiento de la certeza como uno de los principios rectores del proceso electoral permitiría que hubiera confianza en las autoridades de la materia y con ello se consolidaría el entramado institucional. Por otra parte, haría posible el establecimiento de límites claros e inviolables para todos los actores políticos de los procesos, quienes no podrían incurrir en excesos e irregularidades ya sancionados sin pagar las consecuencias de su reincidencia.
Designación unánime
En una de las ternas, ninguno de los candidatos pudo reunir las dos terceras partes de los votos de los magistrados que se requieren para la designación, pero las cinco personas que sí fueron propuestas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para convertirse en magistrados electorales, lograron la unanimidad de los sufragios del Senado de la República. Esta es una prueba de que los nuevos integrantes de la Sala Superior del Tribunal Electoral cuentan con el respaldo de todas las fuerzas políticas representadas en el Poder Legislativo.
Sin embargo, es importante señalar que el consenso de los partidos políticos no garantiza una buena integración de Sala Superior. Aunque en esta ocasión se llegó a buen puerto, es evidente que la designación de los integrantes de los órganos superiores del Poder Judicial o de los órganos autónomos, por parte de alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, es todavía uno de los nudos gordianos del sistema político mexicano.
Ministros y senadores se limitaron a transparentar la discrecionalidad y arbitrariedad de sus decisiones, pero no expusieron las razones de fondo que los llevaron a designar a quienes serán magistrados electorales durante los próximos 10 años.
Los ministros revelaron en todo momento los nombres de los candidatos que continuaban en la contienda. Incluso las comparencias y las sesiones en que votaron los ministros se realizaron frente a las cámaras de televisión. Fue posible presenciar en vivo y en directo cómo sufragaban los ministros y la reducción de las listas para la integración de las ternas, pero nadie conoce las motivaciones y razonamientos que llevaron a los ministros a votar por un candidato y no por otros.
La ley establece que las propuestas se definirán por mayoría simple de los presentes en sesión privada del pleno; para ello, los candidatos tendrán que contar, al menos, con el voto de seis de los 11 ministros, con lo cual se cumple el requisito de la mayoría simple. Sin embargo, aunque este procedimiento se efectuó en sesión pública, los ministros de la corte realizaron el voto secreto mediante papeletas.
Es necesario revisar el procedimiento, pues aunque el voto secreto es fundamental en los procesos electorales, en el caso de las votaciones de los órganos colegiados puede ser más perjudicial que benéfico. No es relevante saber por quién votó tal o cual ministro; lo que en verdad importa es conocer los razonamientos y motivaciones que dieron lugar a esos sufragios.
En ese sentido, sería interesante estar al tanto de por qué ninguno de los tres exintegrantes del Consejo General del Instituto Federal Electoral pudo conseguir el voto de por lo menos seis ministros, para ser incluido en la lista original de 32 aspirantes.
Al revisar la evolución de las listas, surgen algunas preguntas: ¿Cuáles fueron los criterios para elegir a los magistrados de Salas Regionales del mismo TEPJF que hoy integran las ternas? ¿Por qué se eligió y eliminó a magistrados de los tribunales estatales?
Los motivos secretos
Para evitar suspicacias, los ministros de la corte integraron las ternas de manera aleatoria a partir de los 18 seleccionados; aunque el propósito se logró, esta decisión tal vez actuó en demérito de lograr una racionalidad en la integración de la sala, a fin de garantizar su diversidad y complementariedad. En ese sentido, era mucho mejor establecer criterios para la formación de las ternas y no dejar este procedimiento a la suerte.
Por ejemplo, las ternas se podrían haber integrado en función de la pertenencia de los candidatos a las distintas corrientes del derecho, lo cual enriquecería con la pluralidad el funcionamiento de la Sala Superior. Se podrían haber formado ternas con candidatos provenientes de la academia, del Poder Judicial, de las salas regionales o de los órganos electorales. De esta manera, la sala tendría una composición que le permitiría contar con una visión de gran amplitud.
Los senadores repitieron la dosis, pues aunque transparentaron las comparecencias de los 18 candidatos y el depósito de papeletas en las urnas, no explicaron cuáles fueron los razonamientos y motivaciones que guiaron su selección. Este caso es todavía más delicado que el de los ministros de la corte, toda vez que los 113 legisladores que votaron por los cinco magistrados simplemente cumplieron las instrucciones de sus coordinadores de bancada.
En ningún momento, los integrantes del Senado revelaron cuáles fueron las reglas o el procedimiento que siguieron para obtener el consenso y, más allá de lo expresado públicamente en la tribuna, todo parece indicar que éste se obtuvo en función de un reparto de cuotas entre los partidos.
Lo anterior constituye un atentado contra la naturaleza misma de los órganos autónomos o los órganos colegiados del Poder Judicial. En estas instancias, se busca evitar la partidización para evitar conflictos de intereses y la consolidación de bloques.
Los nuevos magistrados de la Sala Superior del Tribunal Electoral no son responsables de las deficiencias en su designación, pero su desempeño afectará de manera directa el curso de la democracia en México, porque impactará sobre el único espacio en el que hay consenso y avances sustanciales: en los procedimientos para elegir a las autoridades y representantes.
Después de los cuestionamientos a la actuación de las autoridades electorales en el pasado proceso electoral, la única vía para recuperar un poco del terreno perdido es un desempeño incuestionable de los integrantes de la nueva Sala Superior, que supere con creces la actuación de sus predecesores. l
07 noviembre 2006
Magistrados oscuros
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