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GABRIEL GOMEZ CAÑA, POR ULTIMA VEZ SE LE VIO EL SABADO 25 DE MARZO PASADO, A LAS 11:30 DE LA NOCHE

GABRIEL GOMEZ CAÑA, POR ULTIMA VEZ SE LE VIO EL SABADO 25 DE MARZO PASADO,  A LAS 11:30 DE LA NOCHE Orizaba, Veracruz.- Llevaba una playera negra, pantalon de mezclilla, es de complexion delgado y piel morena...Es militante del Frente Popular Revolucionario y activista de Organizaciones Sociales.

15 abril 2008

LOS AMPAROS CONTRA LA NUEVA LEY DEL ISSSTE Y LA DIALÉCTICA



Enviado por José T. Cardoza... el Jue, 04/10/2008 - 23:44.

* Trabajadores y jóvenes en lucha hoy

Preguntas como: "¿Procederán los amparos tramitados por más de 760 mil trabajadores?" o "¿Qué me conviene, el bono o el décimo transitorio?", imperan y merecen una respuesta, pero no apoyados en un buen deseo, sino en el método científico.

En 2006 decíamos, y repetíamos en marzo de 2007: "Hay que impulsar la organización". Fuimos los primeros en proponer el amparolucha de masas, no en una lucha "política de iluminados". Los sectarios decían que la lucha era política y no jurídica. Respondimos con firmeza: No, no confiemos en el amparo, confiemos en el método materialista dialéctico que nos enseña que los trabajadores inician por luchar por lo económico, y acudirán primero a sus organizaciones tradicionales: los sindicatos, a los recursos legales, y después, sino no lo logran, si no hay respuesta, los rebasarán, primero individualmente, después en grupos cada vez más compactos, unos rescatarán algunos sindicatos o parte de ellos, otros formarán nuevas organizaciones al calor de la lucha y con la clara legitimidad que sólo ésta da, pero no antes. La única garantía para echar abajo la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) es masificar la lucha y convertirla en nacional. Los amparos eran un vehículo para trascender los estrechos límites del regionalismo sindical y a las pequeñas corrientes sindicales clasistas. como una herramienta para aglutinar a la clase trabajadora y convertir la lucha en una

En la lucha de ResISSSTEncia, los sectarios y sus métodos fueron los primeros derrotados, se vieron obligados a impulsar, incluso contra su voluntad, los amparos. Estaban siendo rebasados, al igual que los charros, por cientos de miles de trabajadores de base que buscaban una orientación y organización que no encontraban en sus dirigentes. Los trabajadores más lucidos trataban de responderse: ¿Qué pasa?, ¿qué hacemos? Nosotros, a través de la Coordinadora de Trabajadores y Organizaciones en Defensa del ISSSTE (CTyOD-ISSSTE), impulsamos cientos de pláticas, conferencias, foros, discusiones; imprimimos decenas de miles de volantes y la clase trabajadora nos prestó sus oídos, nos escucho y respondió al llamado. Reeditamos en 2006 la primera investigación sobre el ISSSTE publicada en 2001 intitulada: "Cumplir la ley antes de reformarla", y publicamos una segunda investigación, también sobre el ISSSTE, en parte en esta misma revista trabajadores (n. 52, enero-febrero de 2006): "La propuesta de Joel Ayala: un regalo de los reyes magos. ¿Para quién?". Después, a principios de marzo, una tercera investigación "Ley contra el ISSSTE, una investigación independiente", que sirvió de guía y orientó numerosas e interminables reuniones del movimiento con más de 150 mil ejemplares editados. Y en agosto de 2007 una cuarta investigación denominada "Guía básica para defender la jubilación y los derechos del ISSSTE".

La seriedad de nuestra propuesta permitió que miles y miles de trabajadores se sumaran a los amparos. La CTyOD-ISSSTE, a la que se integraron desde un inicio el abogado amparista y maestro de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Román Díaz Vázquez, y posteriormente el abogado laboralista Jorge García Ramírez. La presión de la base y la movilización generada obligó a impulsar los amparos a la misma Coordinadora Nacional de Trabajadores del Estado (CNTE), al Sindicato Independiente de Trabajadores de la Universidad Autónoma Metropolitana (SITUAM) y otros sindicatos de lucha que al inicio desestimaron lo legal.

Hoy, en esta nueva coyuntura, al recordar las etapas anteriores tenemos que reconocer que el método científico nos ayudó a orientarnos, nos ayudó a cometer un mínimo de errores, y nos posibilita enfrentar una nueva etapa. La defensa del ISSSTE marcará las próximas.

Los orígenes remotos de la previsión y seguridad social

El origen del derecho laboral y de la previsión y seguridad social lo debemos buscar, no tanto en las leyes, sino en la lucha de los trabajadores asalariados. Así, la primer huelga en todo el mundo, documentada en el "papiro de Turín", que relata como en el Egipto faraónico, hacia el año 2100 a.C., los albañiles, obreros y especialistas que laboraban en la construcción de la tumba del faraón en Tebas, ante el pago insuficiente e impulsados por sus esposas declaran la huelga, exigiendo a Psaru, gobernador de la ciudad, un incremento en las percepciones. La respuesta es la represión, pero las esposas interceden ante el faraón, el que ordena, contra la voluntad del gobernador, acceder a las peticiones de los huelguistas. La primer huelga triunfa (George Lefranc, La Huelga: historia y presente, Ed. Laia, Barcelona, 1975, pp. 15-16).

En México, la primera huelga documentada estalla el 4 de julio de 1582, durante la Colonia. Los cantores y ministriles de la Catedral de la ciudad de México protestan contra el intento del Cabildo de la ciudad que pretende un recorte de personal y disminuir los salarios. La huelga duró hasta el 22 de agosto del mismo año, en que obtuvieron respuesta favorable a su pliego petitorio (Eusebio Ramos, Derecho sindical mexicano. Las instituciones que genera, Ed. Cárdenas, Editor y Distribuidor, México, 1978, p. 326).

El origen remoto de la previsión y seguridad social, con la lucha de los soldados romanos que aproximadamente en el año 14 d.C., encabezados por los primeros mártires de la clase trabajadora, Persenio y Vivuleno, llevan a un paro general a las legiones de Panonia, exigiendo, entre otras peticiones, el antecedente de la jubilación a los 16 años de servicios y nombrar a sus jefes inmediatos. Menciona el historiador Tácito el pliego petitorio de los soldados huelguistas: "…el cual comenzó por la licencia y libertad servidos dieciséis años, la recompensa que habían de tener en acabando su servicio; que la paga fuese un denario al día, y que los veteranos no pudiesen ser tenidos arrimados a las banderas" (Los Anales, México, UNAM, Nuestros Clásicos n. 44, t. I, pp. 14-24, 1975).

Ello nos permite afirmar: desde que existen trabajadores asalariados, incluso antes del capitalismo, los trabajadores han luchado por mejores salarios y condiciones de vida. La contradicción patrón-trabajador se da al momento de existir trabajadores y patronos y con el capitalismo se generaliza, extendiéndose a los diversos ámbitos de la vida social.

El derecho laboral no surge de la moral, nace de la fuerza organizada. Para una mayor comprensión, dos ejemplos, entre muchos que lo comprueban. David, rey de Israel, después de cometer adulterio con Betsabé, esposa del jefe de soldados Urías "el heteo", adulterio del que queda embarazada, ordena, contrario al derecho bíblico, colocar a Urías en un sitio donde su muerte sea segura para que Betsabé quedara viuda. Producto del adulterio y posterior matrimonio nace Salomón, el "Rey Sabio", quien construyó y consagró el Templo de Jerusalén, al cual entró posteriormente Jesús Cristo. (La Biblia, Samuel 2:12). Otro distinguido personaje, Nezahualcóyotl, el "Rey Poeta" de los acolhuas de Texcoco, ordena a Cuacuatzin, señor de Tepechpan, estando ya fuera de edad para hacerlo, comandar el ejército en una guerra florida concertada y pactada con los chalcas y tlaxcaltecas para que Cuacuatzin muriera. En premio a su traición, Nezahualcóyotl se casa con Azcalxochitzin, prometida de Cuacuatzin; de esta traición nacerá Nezahualpilli hijo y posterior señor de los acolhuas de Texcoco.

Los ejemplos anteriores nos sirven para reiterar la necesidad de la organización de los trabajadores y de no confiar más que en nuestras propias fuerzas, para no estar sujetos a los caprichos de gente honorable como David y Nezahualcóyotl, dicho lo anterior sin que dejemos de valorar las contribuciones de ambos.

¿Qué son la previsión y la seguridad social?

El derecho mexicano utiliza la figura relación jurídica de trabajo (RJT), para fijar las bases mínimas del pacto de compra-venta del tiempo o de la capacidad de producir del trabajador. Esta RJT puede ser verbal o escrita; por escrito se llama contrato de trabajo o nombramiento.1

Las leyes laborales establecen las bases del pacto de compra-venta del tiempo de trabajo (tiempo-jornada) o de la capacidad de producir del trabajador (obra determinada o a destajo), la calidad del trabajo comprometida (puesto o perfil del trabajador), la obligación de cumplir las órdenes del patrón o sus representantes y el salario y prestaciones. Al cumplir el trabajador las condiciones pactadas se genera a su favor el derecho al sueldo o salario, que puede ser directo (dinero en efectivo), o indirecto (prestaciones, seguros y servicios).

El salario directo es cubierto en efectivo, diferido en diversos periodos de tiempo, recibiendo diferentes nombres. Así, al pago de cada semana o quince días se le llama salario o sueldo base, que no puede ser inferior al mínimo. Otros pagos son cubiertos cada seis meses o cada año, y se conocen como aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, etcétera.

El salario indirecto es la parte del pago al trabajador pactada por la compra-venta del tiempo de trabajo o de la capacidad de producir y que se recibe a futuro. Si el trabajador o sus familiares se enferman, se hacen viejos, necesitan un préstamo, vivienda, etc., para prevenir estas eventualidades, se ahorran ciertas cantidades para utilizarlas en ese futuro probable como pago diferido. Este pago lo recibe el trabajador como prestaciones, servicios o seguros, como atención médica, incapacidades, riesgo de trabajo, enfermedades profesionales, pensiones, jubilaciones, guarderías, gastos funerarios, tiendas económicas, vivienda, préstamos, etc. Cuando este salario indirecto se entrega a un instituto de seguros con carácter social (IMSS, ISSSTE, ISSFAM, etc.) se dice que son prestaciones de seguridad social. Cuando las prestaciones de previsión son cubiertas por cuotas que cubren seguros con carácter social se denomina seguridad social, de ahí surge el derecho de la previsión y seguridad social.

Neopositivismo, método jurídico y derecho

En las escuelas y facultades de derecho, el método preponderante es el del neopositivismo, llamado también formalismo jurídico, cuyo eje central es la teoría pura del derecho de Hans Kelsen, cuya premisa es no analizar el derecho como un producto social, ya que el jurista debe ser ajeno a interpretaciones políticas o ideológicas. Los abogados en México así son preparados, e incluso así lo expresan los Ministros de la Suprema Corte de Derecho (perdón Justicia). Los juristas han sido educados y continúan siendo educados lejos de lo social, "puros en derecho". Ello explica el silencio casi cómplice de las academias de previsión y seguridad social de las escuelas y facultades de derecho, incluidas la UNAM y la UAM, tomadas por sorpresa ante la sustitución de la seguridad social por la seguridad individual.

El método que les enseñan a los juristas no les permite comprender el origen y evolución del derecho, las fuerzas sociales que intervienen en su transformación, o que intervinieron en la redacción de la Constitución de 1917 e impusieron a la fuerza y con violencia el derecho laboral y la obligación patronal de pagar la previsión social inscrita en el artículo 123. Mucho menos son capaces de entender que hoy la patronal trata de desprenderse de esa obligación y repartirse el salario indirecto (plusvalía), reapropiándoselo la burguesía financiera a través de la privatización de las pensiones, jubilaciones y del Fovissste; y que esta lucha es una lucha a escala mundial.

El cambio, antecedentes y futuro de la Ley del ISSSTE sólo es posible entenderlo con el método científico que, en este caso, es el método materialista dialéctico, el marxismo, que a pesar de haber sido declarado muerto por reputados miembros de la academia, hoy éstos ven con sorpresa que el supuesto muerto demuestra una vitalidad extraordinaria, ya que es el único que permite explicar los cambios y la lucha de cientos de miles de trabajadores incorporados a la ResISSSTEncia. Miles de abogados que se expresaban mal de Marx, hoy luchan en defensa de sus derechos y se expresan contra los patrones y capitalistas con "discursos proletarios". En buena hora la realidad los ubicó como asalariados. Esta misma realidad está situando a los trabajadores de confianza como parte de la clase trabajadora, hoy que sus amos les quieren quitar sus prestaciones.

¿Qué es el derecho?

El derecho, decía el abogado Carlos Marx, es la voluntad de la clase dominante erigida en ley. La dialéctica indica que todo está sujeto a un proceso de cambio constante y permanente, y el derecho no es la excepción. El derecho laboral es derecho capitalista y está impregnado de su esencia clasista. El derecho laboral es en esencia el derecho capitalista más puro, ya que organiza legalmente el proceso de producción y el reparto de la riqueza social producida por los trabajadores, reparto del cual el patrón se lleva lo mejor (plusvalía-ganancia-utilidad) y los trabajadores lo menos (salario directo-indirecto). Así, el derecho como voluntad de la clase dominante erigida en ley, es modificado por la lucha de las clases dominadas, que imponen a la clase dominante ciertas reivindicaciones, y la clase dominante se ve obligada a aceptarlas, esperando el momento para incumplirlas, modificarlas y eliminarlas. Todo ello se aprecia claramente en la ofensiva contra los artículos 3º, 27, y hoy el 123 constitucionales.

El derecho es producto y reflejo de esta lucha, que es una lucha entre clases, una lucha política entre trabajadores y patrones; y el derecho laboral es un derecho que depende de la correlación de fuerzas entre las clases. Si los trabajadores estamos organizados y unidos, la minoría de patrones se ve obligada a cumplir las leyes. Por eso buscan debilitar a la clase trabajadora fomentando la desunión y las directivas sindicales charras, reformistas o del sectarismo infantil, que eluden el frente único de la clase. Esta lucha sólo terminará cuando los trabajadores nos asumamos como lo que somos, asalariados, y hagamos a un lado el sectarismo e integremos un gran frente único para la movilización y nos decidamos a imponer nuestra voluntad. Sólo un gobierno de trabajadores del campo y la ciudad puede garantizar que nuestros derechos serán respetados.

Respuestas y perspectivas

Las contradicciones del sistema son cada vez más fuertes, la política es economía concentrada y los gobiernos de la coalición PAN-PRI-PVEM-PANAL y la ambición de los "niños-niñas" de la derecha neoliberal por riqueza rápida, nubla la vista de los dirigentes capitalistas y con sus reformas socavan las bases del pacto social que las ha mantenido como clase dominante, e impulsan a las masas del campo y la ciudad a luchar contra la carestía, los gasolinazos, los impuestos, el desempleo, el trabajo precario y en defensa de los pocos derechos que tenemos. Por eso ha sido correcta la orientación de la CTyOD-ISSSTE, impulsando los amparos y evitando una decisión jurídica rápida. La lucha es prolongada, así como el periodo de acumulación de fuerzas, rescatando al máximo posiciones en los sindicatos o creando estructuras paralelas.

Por ello podemos responder con tranquilidad y firmeza las preguntas: "¿Procederán los amparos tramitados por más de 760 mil trabajadores?" "¿Qué me conviene, el bono o el décimo transitorio?" Sí, los amparos procederán, y el triunfo es de toda la clase trabajadora. Lo que no se ha definido es el tamaño del triunfo. Es posible transformar los 760 mil amparos en más de un millón y medio, y los dos artículos que ya acepta el director general del ISSSTE que no procederán, se transformen en muchos más. Y si logramos desterrar el sectarismo e imponer el frente único lograremos tumbar toda la ley.

Los sectarios que nos criticaban en abril de 2007 cuando impulsábamos los amparos fueron los primeros derrotados. Hoy ellos impulsan el amparo que repudiaban. Dos ejemplos claros son los denominados ultras y el CCL-CNTE 10 de las secciones 9 y 10 respectivamente del SNTE.

Hoy la realidad impone a los actuales dirigentes de la CNTE, al CNH, a la Unión de Juristas dejar el sectarismo del que acusan a la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) e impulsar un frente único en lo jurídico y en lo político.

Publicado en la revista Trabajadores de la Universidad Obrera de México


Portada Trabajadores No. 64

1. 1. Artículo 20 de la Ley Federal del Trabajo, y 15-III de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Acerca del autor

Abogado litigante, asesor de diversos sindicatos y profesor de la Universidad Obrera de México (UOM).

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