Desaparecido

GABRIEL GOMEZ CAÑA, POR ULTIMA VEZ SE LE VIO EL SABADO 25 DE MARZO PASADO, A LAS 11:30 DE LA NOCHE

GABRIEL GOMEZ CAÑA, POR ULTIMA VEZ SE LE VIO EL SABADO 25 DE MARZO PASADO,  A LAS 11:30 DE LA NOCHE Orizaba, Veracruz.- Llevaba una playera negra, pantalon de mezclilla, es de complexion delgado y piel morena...Es militante del Frente Popular Revolucionario y activista de Organizaciones Sociales.

28 septiembre 2007

Conferencia de Prensa de la Arq. Laura Itzel Castillo Juárez

Juárez Jueves 27 de septiembre de 2007

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El pasado 29 de agosto la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró inconstitucional el artículo 93 de la Ley de Instituciones de Crédito, que permite a los bancos vender los créditos vencidos a empresas recuperadoras de deuda.

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El amparo fue promovido por Manuel Francisco Ricaño Gutiérrez de Aguascalientes en contra del Congreso y otras autoridades. El artículo 93 de la LIC señala: “Las instituciones de crédito sólo podrán ceder o descontar su cartera con el Banco de México u otras instituciones de crédito o con los fideicomisos constituidos por el gobierno federal para el fomento económico. La CNBV podrá mediante regla de carácter general, autorizar excepciones a este artículo.” La SCJN señaló que se vulneran principios constitucionales establecidos en los artículos 14 y 16 en cuanto a 1) La división de poderes. No puede una autoridad administrativa por si misma como la CNBV establecer su propia normativa y 2) El principio de legalidad o reserva de ley. No pueden concurrir 2 condiciones contradictorias en una misma norma jurídica. En la primera parte del artículo 93 se establece: “sólo podrán ceder o descontar su cartera con el Banco de México u otras instituciones de crédito o con los fideicomisos constituidos por el gobierno federal para el fomento económico”, mientras que en la segunda oración se presenta una permisión: “La CNBV podrá mediante regla de carácter general, autorizar excepciones a este artículo.”Por lo tanto el Congreso no puede fijar una norma y al mismo tiempo permitir que se pueda modificar. La Comisión Nacional Bancaria y de valores ha autorizado la venta de miles de créditos a lo largo y ancho del país con base en el artículo 93 de esta Ley de Instituciones de Crédito y en las reglas generales que ella misma emitió. Esta determinación abre la puerta para que las personas que tengan un crédito contratado con una entidad financiera como un banco comercial, cuya deuda fue vendida a empresas administradoras de cartera, puedan ampararse ante tal cesión e impugnen el pago requerido.De tal forma que los deudores de créditos hipotecarios y de tarjetas de crédito pueden recurrir al amparo frente a la usura y la arbitrariedad de las empresas. Hay que advertir del riesgo que representa para la población, la distribución de alrededor de seis mil tarjetas de crédito diarias, ya que al caer los usuarios en cartera vencida, acaban otorgando en garantía del crédito la hipoteca de su vivienda. Con lo que terminan poniendo en riesgo su patrimonio familiar. Por ello desde el Consejo de Defensa de la Vivienda se brinda la asesoría a quienes se encuentran en esta situación los jueves de las 10 a las15 horas en Monterrey 50, primer piso, Col Roma. De igual manera se informa que se encuentran disponibles en la página de Internet de la Secretaría de Asentamientos Humanos y Vivienda http://sahuvi.gobiernolegitimo.org.mx los siguientes documentos: .

1) Formato de Amparo contra la venta inconstitucional de cartera vencida cuando no hay juicio contra deudor y

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2) Guía para la elaboración del Amparo contra la venta inconstitucional de cartera vencida cuando no hay juicio contra el deudor. Finalmente es justo decir que la mencionada determinación judicial de haber declarado inconstitucional la venta de la cartera vencida a empresas administradoras de deuda representa un triunfo en la lucha social contra la visión clasista y gerencial de la derecha usurpadora..

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De aquí puedes descargar los formatos :

http://www.4shared.com/file/25219972/e2d9a1fa/FORMATO_AMPARO_JUICIO.html

http://www.4shared.com/file/25220025/34b3cec9/GUIA_PARA_AMPARO.html

http://www.4shared.com/file/25220062/cebb9e6e/VENTANA_PARA_FORMATO_DE_AMPARO.html

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