Caricatura sin Monitos
Con este texto, doy por concluida la serie sobre la venta de Aeroméxico. Las tres entregas, incluyendo ésta, son insuficientes para poder explicar tantas irregularidades que se convirtieron en ilegalidades; haría falta un libro para mostrar el cúmulo de ellas. Sin embargo, no podría olvidar algunos detalles del final de este acto de comercio, que ocupan el llamado lugar de honor: la cereza del pastel.Dice un dicho y dice bien, "lo que mal empieza, mal acaba". Este caso que nos ocupa, lo confirma.
Como recordará, en la anterior entrega le había dicho que, la propuesta original del grupo comprador representado por el fideicomiso de Banco Nacional de México, terminaba el 15 de octubre a las 16:00 horas. Rompiendo las reglas, la pasaron al día siguiente a la misma hora.
Pues, el día 15 de octubre, la volvieron a cambiar otro día y la fecha quedó, para el 17 del citado mes a las cuatro de la tarde. Note usted, que la arrogancia era tal, que no les importaba pasar sobre reglamentaciones establecidas claramente desde el principio. Cada vez que se cambiara la fecha de la oferta, tendría que ser por un lapso no menor a cinco días hábiles. ¿Aquí, nadie se dio cuenta?
Lo dicho en el párrafo anterior, es sumamente grave, porque le robaron a los adversarios en la puja, 10 hermosos días para responder a su postura, pero lo más grave es, que no permitieron un beneficio a los tenedores de acciones de Améxico, pues al no correr los días obligatorios, no hubo otra postura mayor, con lo que se ocurrió en algo en contra del espíritu mismo del mercado accionario, al no permitir, para el pequeño inversionista, una mejoría en el precio final. Seguramente, los expertos en Derecho podrían encontrar ilícitos suficientes en caso de reclamación por parte de los afectados que vendieron sus acciones al precio limitado por desórdenes en la supervisión.
Sin embargo, ahí no termina la cadena de errores y marrullerías. Verá usted.
Al finalizar el término de la oferta el día 17, la operación se tendría que efectuar al día siguiente, el 18 de octubre. Así fue. El día 18 se registró en el sistema SiBolsa (que es un sistema interno de la institución), una operación por casi 638 millones de títulos de Améxico.
La Bolsa Mexicana de Valores, edita una serie de publicaciones para mantener informado al público inversionista. Entre ellas, sobresale, el boletín bursátil, sección mercado de capitales. Es, si me vale la expresión, "el diario oficial" del mercado de valores. Ahí, se registra todo lo acontecido el día anterior en la sesión de remates correspondiente.
Pues fíjese que, el boletín del día 19 de octubre, solamente trae como operadas 20 millones y medio, de acciones de Améxico. ¿Y las otras 617 millones de acciones? No aparecen en ningún boletín de los días 17, 18, 19 y 22 de octubre. Es más, el día 25 de octubre, hubo una operación, registrada por el sistema SiBolsa, por más de 152 millones de acciones de la empresa en cuestión y sin embargo, el boletín bursátil del día siguiente, 26 de octubre, solamente consigna una operatividad de 419 mil acciones.
Lo anterior indica que, solamente se registraron las operaciones y no se llevaron a cabo dentro de la sesión de remates correspondiente. Aquí, se configura una serie de ilegalidades, pues se violan flagrantemente, la Ley del Mercado de Valores, el reglamento interior de la Bolsa Mexicana de Valores y la Circular Única para Emisoras que emitió la Secretaría de Hacienda y Crédito Público mediante la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Le explicaré lo más sencillo posible.
Pienso que, la Bolsa Mexicana de Valores, no se atrevió a operar las acciones de la oferta pública, por lo que le había dicho a usted en el texto pasado. La emisora que reconoce la Bolsa es Cintra y no Consorcio Aeroméxico. Por lo que, si hubiera aceptado, la institución, el cruce del paquete, estaría en un conflicto, pues no existen aún las acciones de Consorcio Aeroméxico que fue la empresa vendida. Pero aún así, cayó en un serio problema, pues ¡viola ella misma su reglamento interno! Sería bueno que nos explicaran cómo fue que dio parte al Indeval, de la operación realizada, puesto que, el TÍTULO OCTAVO del reglamento de la Bolsa, en cuanto al CUMPLIMIENTO DE LAS OPERACIONES, dice lo siguiente:
8.003.00
Para efecto de lo establecido en la disposición anterior, la Bolsa informará diariamente al Indeval y a cada Miembro las Operaciones que éstos hayan celebrado a través del Sistema Electrónico de Negociación, identificando el Tipo de Valor, Emisora, Serie y precio, así como contraparte, volúmenes, importes, fecha de concertación y de cumplimiento.
¿Acaso la Bolsa le dijo al Indeval, se operaron acciones de Cintra? Porque le recuerdo que, es, hasta el día de hoy 19 de noviembre del 2007, la única emisora que reconoce La Bolsa Mexicana de Valores.
Además, al no hacer la operación en el piso de remates, se viola en otro segmento el reglamento interior de la Bolsa. En el TÍTULO QUINTO, que habla de las OPERACIONES DEL MERCADO DE CAPITALES. En el CAPÍTULO PRIMERO, las DISPOSICIONES COMUNES, SECCIÓN SEGUNDA, donde contiene los ELEMENTOS DE VALIDEZ Y REQUISITOS DE LAS OPERACIONES:
5.009.00
Las Operaciones que se concerten en la Bolsa, se perfeccionarán por el consentimiento expreso manifestado a través de los Formatos respectivos y desde ese momento, las partes estarán obligadas no sólo al cumplimiento de lo pactado, sino también a las consecuencias que según su naturaleza sean conformes a la buena fe, a los sanos usos y prácticas bursátiles, a este Reglamento, la Ley y demás Disposiciones aplicables. Las Operaciones deberán formalizarse mediante los Formatos.
5.010.00
Para que las Operaciones sean válidas deberán concertarse durante las Sesiones de Remate y, por ende, no podrán perfeccionarse antes de la iniciación ni después de la terminación de cada sesión. Tratándose de Operaciones que se concerten en la Preapertura, estas últimas únicamente se perfeccionarán en el horario determinado por la Bolsa en el Manual.
Como puede ver, claramente dice el reglamento que las operaciones que no sean realizadas en la sesión de remates, no son válidas. Por lo que existen razones suficientes para echar abajo la operación.
Pudiera ser, que los juristas contratados por el grupo ganador, digan que los contratantes tienen derecho de hacer la operación fuera de bolsa. En efecto, pero ahí, caen en la violación de varios artículos de la Ley del Mercado de Valores. Según la Circular Única para Emisoras de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en el Capítulo Tercero, que habla De los sistemas de negociación, en el artículo 31 dice lo siguiente en su primer párrafo.
La oferta y negociación de valores inscritos en el Registro podrá realizarse de conformidad con lo siguiente:
I. Las acciones o títulos de crédito que las representen se negociarán exclusivamente con la intermediación de casas de bolsa, a través de los sistemas que prevea el reglamento interior de la bolsa. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de los particulares a la libre disposición de la propiedad de sus valores, fuera de bolsa, siempre que se ajusten, en su caso, a los artículos 98 a 103 y 109 a 112 de la Ley del Mercado de Valores.
Aquí se da el caso, que uno de esos artículos, manda directo a la nulidad de la operación por haber omitido ciertos requisitos fundamentales. Aparte, de lo anterior, se caería en el caso de tener que pagar impuesto sobre la renta por el monto total de la negociación, ya que al no hacerse a través del mercado accionario, se pierde la exención de impuestos.
¡Uff! Tal cual dije al inicio de este texto, son múltiples los errores.
Antes de que termine, solamente quiero decirles un detallito que está relacionado con la tan traída y llevada transacción, aunque sea de manera indirecta, y que nos muestra hasta qué grado pudo ser el saqueo al erario mexicano en esta sola operación. Ponga su mayor atención a las cifras siguientes.
La totalidad accionaria de la empresa, Consorcio Aeroméxico, fue tasada en 249 millones de dólares en números cerrados.
Teleholding, es la empresa del grupo Banamex, que adquirió una parte sustancial de las acciones de Consorcio Aeroméxico.
Ya es del dominio público que, la empresa Teleholding, es la tenedora de las acciones del emporio de televisión por cable llamado Megacable. Pues bien, hace unos días, esta empresa, Megacable, colocó entre el público inversionista a través de la Bolsa Mexicana de Valores y en el extranjero, el 20% de sus acciones. ¿Sabe usted en cuánto? 6,829 millones de pesos, que si los dividimos entre 11, nos dan en números redondos 621 millones de dólares.
O sea, los señores que compraron regalado la primera línea aérea del país, vendiendo el 20% de una subsidiaria, se echaron a la bolsa dos veces y media lo que pagaron en su totalidad, por un bien del pueblo mexicano. De ese tamaño es, utilizando términos aeronáuticos, lo que nos volaron.
Existen todas las opciones para echar atrás esta falaz obra de teatro. Pero no tan sólo los señores legisladores tienen la palabra, sino que, incluso, inversionistas que se sientan agredidos por todas estas conductas indebidas, están en todo su derecho de proceder y pedir no tan sólo se investigue la mecánica utilizada en el proceso, sino que se castigue a los participantes y más aún, se invalide la misma, pues todo fue en contra de los intereses del gran público inversionista que confía en las instituciones involucradas y en la calidad moral de las empresas participantes en el mercado accionario.
Si los representantes ciudadanos, se hacen de la vista gorda, simplemente confirmarán que todo estaba fríamente calculado y quedarán como cómplices de un robo más a nuestra vilipendiada nación mexicana.
Por todo lo anterior, expresado en las tres entregas destinadas a la venta de la empresa aérea, existe un fétido olor al que no debemos acostumbrarnos. Nuestro deber es, como ciudadanos conscientes de lo que dejamos a los que nos siguen, impedir que nuestra querida patria sea vista como simple mercancía. Debemos adoptar un nuevo papel como sociedad y cambiar la inercia que nos ha llevado hasta los extremos que permitimos. La indolencia, es una forma de complicidad. Yo al menos, no quiero serlo. ¿Y usted?
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